Proceso de evaluación por pares

PROCESO DE EVALUACIÓN DE ARTÍCULOS

La evaluación de los artículos enviados se lleva a cabo en dos fases distintas: 1) un dictamen editorial y 2) un dictamen académico.

 

1. Dictamen Editorial

Una vez que los autores envían la documentación solicitada en la sección "Directrices para Autores: Requisitos para la postulación de contribuciones", el Consejo Editorial inicia el proceso de dictamen editorial. Este dictamen se adhiere a los criterios detallados en el [Formato dictamen editorial - VeL](Formato dictamen editorial - VeL). De acuerdo con los lineamientos de política editorial aprobados por el Comité Editorial, se dará prioridad a los textos cuya bibliografía se presente gestionada electrónicamente y con hipervínculos activos a los DOI respectivos, en todos los casos que así corresponda.

Tras la aprobación del artículo en el dictamen editorial, se notificará formalmente al autor de contacto, en un plazo máximo de 10 días hábiles, el registro y el inicio del proceso de dictamen académico.

 

2. Dictamen Editorial

Este dictamen se realizará bajo la metodología de doble ciego:

      1. Académicos expertos en la misma área disciplinar y temática que el texto postulado, seleccionados de entre nuestra cartera de árbitros –integrada por especialistas de instituciones nacionales e internacionales–, emitirán un dictamen académico.

      2. Los dictaminadores analizarán la pertinencia académica, teórica y metodológica de todos y cada uno de los artículos que les sean asignados. Serán ellos los responsables de revisar la presencia explícita del apartado teórico-metodológico en los artículos, así como su congruencia respecto del campo de estudios, la coherencia entre el aporte académico y la relevancia de los hallazgos descritos, así como la actualidad y oportunidad de la bibliografía utilizada. Los dictaminadores, una vez recibido el artículo, tendrán un plazo de hasta diez semanas para realizar la revisión y entregar el resultado.

      3. Todos los textos serán remitidos a dos expertos académicos –adscritos a una institución distinta de la adscripción de los autores–, quienes emitirán sus comentarios con base en las siguientes posibilidades:

        • Aprobado sin modificaciones.

        • Aprobado sujeto a modificaciones MENORES sin requerir nueva evaluación.

        • Aprobado sujeto a modificaciones MAYORES y requiere nueva evaluación.

        • Rechazado, no es publicable en la revista.

      4. En caso de que un dictamen sea positivo y el otro negativo, el texto se someterá a un tercer árbitro, cuya asignación se hará en función de su especialidad y del equilibrio entre evaluadores. Para la publicación de un artículo, es indispensable que dos de los tres dictámenes sean positivos.

      5. En los casos en que un artículo reciba un dictamen (o ambos) positivo, pero con correcciones, se informará al autor a través de un correo electrónico, y se le adjuntará en dicha comunicación electrónica el contenido del dictamen en ciego donde se hacen los señalamientos.

      6. La dirección editorial garantizará, en todos los casos, que los dictámenes entregados a los autores contengan argumentos sólidos que respalden la decisión editorial.

      7. En el caso de que se señalen correcciones con las que el autor no esté de acuerdo, este podrá apelar a los comentarios del dictaminador ante el Consejo Editorial.

      8. Si el autor recibe observaciones, tendrá un plazo de 10 días naturales para hacer llegar al editor la nueva versión del trabajo.

      9. En los casos en que se vuelvan a señalar correcciones, el procedimiento se repetirá una vez más hasta el límite de dos veces. Si después del segundo intento vuelven a solicitarse cambios, se le notificará al autor que su artículo no es publicable por haberse excedido el límite.

      10. Los documentos aceptados iniciarán el proceso de edición (corrección de estilo, marcaje de metadatos, formación y maquetación), para posteriormente ser incluidos en el número que corresponda. El editor se reserva el derecho de decidir la inclusión de las colaboraciones en los números que considere pertinentes.

      11. Una vez concluida la corrección de estilo, la versión preliminar del texto será turnada a los autores para su última revisión y aprobación. Los autores tendrán un plazo de cinco días naturales para la entrega del visto bueno; si no se entregaran comentarios en dicho plazo, la revista asumirá que los autores han dado su aprobación tácita.

      12. El Comité Editorial considera primordial destacar que el proceso de corrección de estilo es el último filtro para rechazar o sugerir cambios a los autores respecto de sus contribuciones. Al ser una fase que meticulosamente cuida la congruencia sintáctica y semántica de los escritos, se considera que las correcciones de forma y fondo, así como los ajustes de estilo y diseño, son cambios inapelables, ya que el resultado garantiza la efectividad comunicativa del artículo en el ámbito científico.

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DECLARACIÓN DE CONDUCTA ÉTICA PARA EVALUADORES A DOBLE CIEGO

La revisión por pares es fundamental para garantizar la integridad y calidad del registro académico. En

Verbum et Lingua, nos comprometemos con un proceso de revisión a doble ciego (double-anonymous), donde tanto la identidad de los autores como la de los evaluadores permanecen anónimas entre sí durante todo el proceso de revisión. Esto promueve una evaluación imparcial y objetiva de los manuscritos.

Para mantener la integridad de este modelo, esperamos que nuestros evaluadores se adhieran a las siguientes directrices éticas, basadas en las recomendaciones de COPE:

  1. Confidencialidad:

    • Los evaluadores deben tratar todos los manuscritos como documentos confidenciales. Esto incluye el manuscrito en sí, los datos complementarios y cualquier material auxiliar.

    • No deben discutir los manuscritos ni su contenido con personas ajenas al proceso de revisión.

    • No deben involucrar a terceros en la revisión (incluyendo a investigadores jóvenes a los que estén mentorizando) sin obtener primero el permiso explícito del editor de la revista. Si se permite la colaboración, se deben incluir los nombres de todas las personas que contribuyeron a la revisión para que reciban el debido reconocimiento en los registros de la revista.

    • La información obtenida durante el proceso de revisión por pares no debe utilizarse para beneficio propio o de terceros, ni para desventaja o desprestigio de otros.

    • Se debe continuar respetando la confidencialidad del proceso de revisión y no revelar detalles del manuscrito después de la revisión por pares, a menos que se tenga permiso del autor y de la revista.

  2. Imparcialidad y Declaración de Conflictos de Interés:

    • Los evaluadores deben acordar revisar un manuscrito únicamente si poseen la experiencia necesaria para evaluarlo y pueden hacerlo de manera imparcial. Si existen lagunas en la experiencia, deben comunicarlas claramente al editor.

    • Es crucial que los evaluadores permanezcan imparciales, sin dejarse influir por la nacionalidad, creencias religiosas o políticas, género, u otras características de los autores, el origen del manuscrito o consideraciones comerciales.

    • Deben declarar todos los posibles intereses en conflicto o competencia (personales, financieros, intelectuales, profesionales, políticos o religiosos).

       

      Dado que la revisión es a doble ciego: Si un evaluador sospecha la identidad del(los) autor(es) y este conocimiento genera algún posible conflicto de interés, debe notificarlo inmediatamente al editor.

    • Si el evaluador se encuentra empleado en la misma institución que alguno de los autores, o ha sido mentor/mentee, colaborador cercano o co-titular de subvenciones recientes (ej. en los últimos 3 años), no debe aceptar la revisión.

    • No se debe aceptar revisar un manuscrito simplemente para verlo, sin intención de presentar una revisión, ni aceptar revisar un manuscrito que sea muy similar a uno que se tenga en preparación o bajo consideración en otra revista.

    • Si se descubre un conflicto de interés que impida una revisión justa e imparcial, se debe notificar a la revista y buscar asesoramiento. Mientras se espera una respuesta, se debe evitar revisar el manuscrito y el material asociado.

  3. Conducta Profesional y Oportunidad:

    • Es cortés responder a la invitación de revisión en un plazo razonable, incluso si no se puede llevar a cabo la revisión.

    • Si se acepta, se debe comprometer a entregar la revisión dentro del plazo propuesto o acordado. Siempre se debe informar a la revista con prontitud si las circunstancias cambian y no se puede cumplir el acuerdo original o si se necesita una extensión.

    • Si no se puede revisar, es útil sugerir evaluadores alternativos si son relevantes, basándose en su experiencia y sin ninguna intención de un resultado específico para el manuscrito.

    • La revisión debe ser objetiva y constructiva, ofreciendo retroalimentación que ayude a los autores a mejorar su manuscrito. Debe ser específica en la crítica y proporcionar evidencia de apoyo con referencias apropiadas para fundamentar las declaraciones generales.

    • Los evaluadores deben ser profesionales y abstenerse de comentarios hostiles, inflamatorios, difamatorios, o acusaciones personales infundadas.

    • No se debe intentar reescribir el artículo al estilo preferido del evaluador si el manuscrito es básicamente sólido y claro; las sugerencias para mejorar la claridad son importantes.

  4. Sospecha de Violaciones Éticas:

    • Si se detectan irregularidades relacionadas con la ética de la investigación o publicación (por ejemplo, sospecha de mala conducta durante la investigación, escritura o envío del manuscrito; o similitud sustancial con otra presentación o artículo publicado), se debe informar al editor.

    • Se debe contactar al editor directamente y no intentar investigar por cuenta propia. Es apropiado cooperar, de forma confidencial, con la revista.

Agradecemos profundamente el compromiso ético de nuestros evaluadores para mantener la alta calidad y la integridad de Verbum et Lingua.